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Tributación · 2015

Resolución SET 54/15

Por la cual se prorroga el plazo para presentar la información requerida en la resolución general N° 51/15

RESOLUCION SET Nº 54/15
POR LA CUAL SE PRORROGA EL PLAZO PARA PRESENTAR LA INFORMACIÓN REQUERIDA EN LA RESOLUCIÓN GENERAL N° 51/15.

Asunción, 18 de febrero de 2015


VISTO: La Ley N° 125/91 "Que establece el Nuevo Régimen Tributario", y sus modificaciones;
La Resolución General N° 51/15 "Por la cual se disponen medidas administrativas relacionadas con el Impuesto a la Renta del Servicio de Carácter Personal (IRP) del Ejercicio Fiscal 2014"; y,

CONSIDERANDO: Que la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) se encuentra encarando una ardua tarea para lograr la formalización del país, y en dicho afán emitió la Resolución General N° 51/15, en virtud de la cual dispuso que las instituciones públicas y los grandes y medianos contribuyentes informen la nómina del personal y de los profesionales que hayan percibido sumas superiores a G 159.190.272 (Guaraníes ciento cincuenta y nueve millones ciento noventa mil doscientos setenta y dos) durante el año 2014, considerando que estas personas pasan a ser contribuyentes del Impuesto a del Servicio de Carácter Personal, conforme a lo establecido en el Art. 15 de la Ley 2421 y sus modificaciones, y por tanto están obligadas a inscribirse en el Registro Único del Contribuyente.
Que habiendo analizado los pedidos efectuados por los contribuyentes y por el Colegio de Contadores del Paraguay mediante Nota CCP N° 2/15 para Prorro9ar el plazo para la presentación de los referidos informes, esta
Administración Tributaria considera factible acceder a dicho planteamiento.
Que la SET cuenta con facultades legales para establecer normas generales para tramites administrativos e impartir instrucciones para la mejor aplicación, percepción y control de los tributos.
Que la Dirección de Planificación y Técnica Tributaria se ha expedido en los términos del Dictamen DEINT/PN N° 8 /15.

POR TANTO,

LA VICEMINISTRA DE TRIBUTACIÓN
RESUELVE:

Artículo 1) Prorrogar hasta el mes de abril de 2015, el plazo para la presentación de la información requerida a los grandes y medianos contribuyentes y a las instituciones públicas, conforme a lo dispuesto en la Resolución General N° 51/15.

La prórroga dispuesta en esta Resolución no exime a las personas físicas cuyos ingresos han superado en el año 2014 los G 159.190.272, de la obligación de inscribirse en el RUC como contribuyentes del IRP y de liquidar y pagar dicho impuesto, como tampoco de la aplicación de las sanciones correspondientes por inscripción tardía o de oficio.

Firman:

  • MARTA GONZÁLEZ AYALA, VICEMINISTRA DE TRIBUTACIÓN.

Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.