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Tributación · 2004

Resolución SET 414/04

Por la cual se conforma la coordinación general raaf dependiente de la subsecretaría de estado de tributación para la implantación de la ley N° 2421/04 "De reordenamiento administrativo y adecuación fiscal

Asunción, 1 de octubre de 2004

VISTO Y CONSIDERANDO: La promulgación de la Ley N° 2421/04 "De Reordenamiento Administrativo y de Adecuación Fiscal".

Que, en consecuencia resulta necesario conformar una Coordinación General. compuesto por funcionarios técnicos especializados, que se aboquen exclusivamente a su análisis, elevando proyectos de reglamentos y de adecuación informática, proponiendo programas de armonización relativos a su implicancia con relación al sistema tributario actualmente vigente, haciendo el seguimiento de su aplicación y formulando las correcciones técnicas y administrativas necesarias para el logro de los objetivos esperados de la reforma.

Que, es necesario dotar a esta Coordinación General del suficiente apoyo técnico y administrativo que coadyuve en la ejecución de sus tareas.

POR TANTO,

EL VICE MINISTRO DE TRIBUTACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1) CREASE. La coordinación General para la implementación de las Reformas introducidas en la Ley N° 2421/04, en adelante Coordinación RAAF, dependiente del Vice Ministro de Tributación, conforme al organigrama organizativo y funcional que se aprueban y cuyo detalle consta en el anexo y forma parte de la presente resolución; la cual tendrá como función principal primordial, el análisis para la implementación de la Ley ° 2421/04 "De Reordenamiento Administrativo y de Adecuación Fiscal", y subsiguientemente, entre otras cuestiones relativas a la ejecución de esta ley, deberá:

a) Elevar proyectos de reglamentos.

b) Impulsar y proponer el reordenamiento técnico informático y administrativo de la Institución acorde con los cambios introducidos,

c) Elaborar y formular cambios de procedimientos relativos a la percepción y control de los tributos administrados por esta Subsecretaría de Estado de Tributación,

d) realizar, proponer en su caso, toda actividad que en el transcurso de las tareas encaradas resulten necesarias para el logro de sus objetivos.

Artículo 2) Para el cumplimiento de sus fines la Coordinación RAAF estará bajo la dirección y supervisión de un Coordinador General y, para el cumplimiento de su cometido, se organizará con la estructura orgánica que básicamente abarcará las diferentes áreas técnicas con que se compone la Subsecretaría de Estado de Tributación, comprendiendo las siguientes coordinaciones:

Coordinación en Informática,

Coordinación en Organización y Métodos (O&M)

Coordinación Normativa,

Coordinación en Técnica Tributaria.

Artículo 3) La Coordinación RAAF y sus Coordinaciones Técnicas dependientes, tendrán las siguientes funciones:

Coordinación General

Marcar las prioridades conjuntamente con la superioridad

Establecer la estrategia a de implementación.

Chequear el correcto desarrollo de las actividades según el programa establecido

Convocar a reuniones a directores y jefes de departamento, en caso que amerite el buen desempeño de las tareas.

Administrar y planificar la utilización de los recursos humanos y materiales de la Coordinación para asegurar su adecuado funcionamiento.

Informar periódicamente de los avances del proyecto a la superioridad.

Practicar de eventos y cursos que la Administración considere conveniente.

Realizar todas las demás tareas asignadas por el Viceministro.

Coordinación en Informática

Elaborar un informe técnico sobre la implicancia de la implementación.

Definir los ajustes necesarios en los sistemas informáticos actuales, para la implementación de la Ley 2421/04.

Proponer soluciones para la implementación óptima de la Ley 2421/04 desde el punto de vista técnico informático.

Apoyar técnicamente a las demás coordinaciones.

Elaborar los proyectos de adecuación de los sistemas informáticos, de acuerdo a las prioridades establecidas por la Coordinación General.

Rediseñar conjuntamente con la Coordinación O&M, los formularios de pago de impuestos e inscripción de contribuyentes afectados por la nueva Ley y remitir a la Coordinación General para su aprobación.

Apoyar técnicamente a la Coordinación O&M, en la elaboración de nuevos procedimientos administrativos y organizativos a fin optimizar la aplicación de la Ley de RAAF.

Elevar informes de gestión en forma periódica.

Convocar a las Unidades de Apoyo y otros que sean necesarios, a reuniones de carácter técnico.

Prestar su colaboración a los demás Coordinadores.

Participar de eventos y cursos que la Administración considere conveniente.

Todas las demás tareas asignadas por el Coordinador General.

Coordinación en Organización y Métodos (O&M)

Elaborar un informe técnico sobre la implicancia de la implementación.

Rediseñar conjuntamente con la Coordinación Informática, los formularios de pago de impuestos e inscripción de contribuyentes afectados por la nueva Ley y remitir a la Coordinación General para su aprobación.

Implementación de los nuevos formularios.

Elaborar los instructivos de utilización de los formularios creados.

Desarrollar los nuevos procedimientos administrativos y organizativos a fin optimizar la aplicación de la Ley de RAAF.

Elevar informes de gestión en forma periódica.

Convocar a las Unidades de Apoyo y otros que sean necesarios, a reuniones de carácter técnico.

Prestar su colaboración a los demás Coordinadores.

Participar de eventos y cursos que la Administración considere conveniente.

Todas las demás tareas asignadas por el Coordinador General.

Coordinación Normativa

Establecer los plazos de vigencias enmarcados en la Ley 2421/04.

Identificar los Artículos de la Ley 2421/04 contrastados con la Ley 125/91.

Revelar información con los sectores operativos, administrativos y demás coordinaciones del RAAF.

Elaborar informes técnicos sobre puntos controversiales señalados en la Ley 2421/04 y alternativas de interpretación.

Desarrollar el proyecto de Reglamentación con participación de las demás Coordinaciones.

Elevar informes de gestión en forma periódica.

Convocar a las Unidades de Apoyo y otros que sean necesarios, a reuniones de carácter técnico.

Prestar su colaboración a los demás Coordinadores.

Participar de eventos y cursos que la Administración considere conveniente.

Todas las demás tareas asignadas por el Coordinador General.

Coordinación en Técnica Tributaria.

Estudiar y analizar las obligaciones vigentes y el impacto fiscal a las modificaciones establecidas en la Ley 2421/04.

Elaborar un informe técnico sobre la incidencia de la implementación, considerando el impacto fiscal.

Elevar a consideración de la Coordinación General un informe técnico, sobre las nuevas obligaciones tributarias, estableciendo los requerimientos necesarios para la liquidación, presentación de las DDJJ.

Elevar informe sobre rangos de crecimiento o ponderaciones con las nuevas obligaciones y aquellas que fueron derogadas o suspendidas.

Colaborar con opiniones técnicas y fiscalizativas ante los nuevos diseños de formularios.

Establecer los esquemas de control y seguimiento de las obligaciones tributarias, determinando los grupos de contribuyentes o sectores de rendimiento fiscal y su incidencia en la información declarada.

Determinar aquellas obligaciones que necesiten de un mayor apoyo publicitario, en cuanto a la correcta interpretación por parte del contribuyente, así como también a los funcionarios técnicos y administrativos de la SSET.

Elevar informes de gestión en forma periódica.

Convocar a las Unidades de Apoyo y otros que sean necesarios, a reuniones de carácter técnico.

Prestar su colaboración a los demás Coordinadores.

Participar de eventos y cursos que la Administración considere conveniente.

Todas las demás tareas asignadas por el Coordinador General.

Artículo 4) Conformar la Coordinación General y las demás Coordinaciones Técnicas, y para el efecto designase a los siguientes funcionarios:

COORDINACIÓN GENERAL: Mario Alberto Cáceres.

Coordinación en Informática: Beatriz Espínola

Coordinación en Organización y Métodos: Luís Martínez Cáceres

Coordinación Normativa: Antulio Bohbout

Artículo 5) La Coordinación General deberá elevar al Viceministro de Tributación en un plazo máximo de 10 días a partir de la firma de la presente resolución, un cronograma de trabajo, así como los requerimientos a nivel de recursos humanos y financieros que llevar adelante la referida implementación.

La Coordinación General RAAF, presentará quincenalmente un informe sobre los avances y la ejecución de los trabajos al Viceministro de Tributación.

Artículo 6) Los directores de las diferentes reparticiones dependientes de la Subsecretaría de Estado de Tributación, o las personas que estos designan, conformaran el Equipo de apoyo, presentando la colaboración necesaria a la Coordinación General RAAF, para la ejecución de las tareas que le fueran asignadas.

Artículo 7) Los funcionarios designados en el artículo 4°, se abocarán en forma exclusiva a la tarea asignada, en el horario comprendido de 7.00 a 13.00 y de 14.00 a 17.00 hs. de lunes a viernes, pudiendo dicho horario ajustarse a los requerimientos de la superioridad.

Artículo 8°.- La Dirección Administrativa arbitrará los mecanismos que correspondan para dotar de recursos necesarios a la Coordinación creada por la presente Resolución. Asimismo, se asignarán responsabilidad en el cargo de Coordinación, remuneraciones extraordinarias, adicionales y gratificaciones para los componentes de la Coordinación; así como también remuneraciones extraordinarias, adicionales y gratificaciones al equipo de apoyo. El Departamento Administrativo de la Subsecretaría de Tributación deberá remitir a la Dirección Administrativa del Ministerio de Hacienda, las asignaciones mensuales, las cuales deberán contar con la aprobación del Coordinador General RAAF y del Viceministro de Tributación.

Artículo 9) Comunicar a quienes corresponda y cumplido, archivar.

Firma:

  • Andreas Neufeld Toews. Vice Ministro de Tributación

Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.