Tributación · 2002
Resolución SET 322/02
Por la cual se dispone la utilización de sellos de seguridad con nuevos formatos para uso del grupo de auditoria especial de crédito tributario dependiente de la subsecretaría de estado de tributación
Asunción 16 de agosto de 2002
VISTO: Las normas previstas en la Ley No 109/91, que aprueba con modificaciones el Decreto-Ley No 15 de fecha 8 de marzo de 1990, "Que establece las Funciones y Estructura Orgánica del Ministerio de Hacienda" y el Manual de Funciones de esta Subsecretaría de Estado aprobado por Resolución N| 492 de fecha 30 de junio de 1993 y las responsabilidades asumidas conforme al Decreto de Nombramiento No 6345 de fecha 6 de febrero de 2002, y
CONSIDERANDO: Que en cumplimiento de la misión de reorganizar la administración tributaria a la cual se halla abocada esta S.S.E.T. es necesario fortalecer aun más los controles a los efectos de evitar la evasión fiscal.
Que por Resolución No 212 de fecha 9 de mayo del corriente año se dispone la utilización de sellos de seguridad para las distintas Direcciones y reparticiones de esta Subsecretaría.
POR TANTO, en uso de sus facultades;
EL VICE MINISTRO DE TRIBUTACIÓN
RESUELVE:
Artículo 1) Disponer a partir del dia....... de agosto del presente año la utilización de Sellos de Seguridad para el Gupo de Auditoría Especial de Crédito Tributario dependiente de la Subsecretaría de Estado de Tributación, cuyo formato se adjunta a esta Resolución y forma parte de ella.
Artículo 2) Los referidos sellos serán entregados mediante Acta labrada por los Abogados Instructores de la Asesoría Jurídica de esta Subsecretaría, en la que se detallará Dirección, Departamento, Nombre y Apellido, Nro. de Cédula de identidad y firma, de cada funcionario receptor de los mismos.
Artículo 3) Los sellos que se utilizaban anteriormente deberán ser devueltos, incluyendo aquellos que han quedado fuera de circulación por motivos tales como inutilizados, inhabilitados temporal o permanentes, de la recepción de los mismos se deberá labrar Acta, con los mismos datos solicitados en el Art. 2 de esta Resolución
Artículo 4) La Asesoría Jurídica elevará a la Secretaría General, el Acta resultante, que formará parte de la presente Resolución.
Artículo 5) Comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.
Firma:
- Luis Manuel Aguirre. Vice Ministro de Tributación
Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.