Tributación · 2002
Resolución SET 275/02
Por la cual se prorroga la vigencia de la aplicación del artículo 3 de la resolución N° 178/02
Asunción, 15 de julio de 2.002
VISTO: Los Artículos 3 y 4 de la Resolución N° 178 de fecha 19 de abril de 2.002, y;
CONSIDERANDO: Las inquietudes manifestadas por los contribuyentes tenedores de Certificados y Notas de Crédito Tributario y su aplicación contra retenciones o percepciones de impuestos, justifican prorrogar el plazo dispuesto en el artículo 4 de la Resolución N° 178/02.
Que el presente acto administrativo se dicta en virtud de la facultad que le confiere la Ley N° 125/91.
POR TANTO:
EL VICE MINISTRO DE TRIBUTACIÓN
RESUELVE:
Artículo 1) PRORROGAR . La vigencia de la aplicación del Artículo 3 de la Resolución N° 178/02 al 1 de septiembre de 2.003.
Artículo 2) Publicar, comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.
Firma:
- Luis Manuel Aguirre. Viceministro de Tributación.
Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.