Tributación · 2008
Resolución SET 2/08
Por la cual se aprueba el formulario unico de apertura de empresas, Nº 1 unipersonal y empresas individual de responsabilidad limitada y Nº 2 persona juridica a ser utilizados en el sistema unificado de apertura de empresas (SUAE)
RESOLUCION SET Nº 2/08
POR LA CUAL SE APRUEBA EL FORMULARIO UNICO DE APERTURA DE EMPRESAS, Nº 1 UNIPERSONAL Y EMPRESAS INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Y Nº 2 PERSONA JURIDICA A SER UTILIZADOS EN EL SISTEMA UNIFICADO DE APERTURA DE EMPRESAS (SUAE).
Asunción, 16 de octubre de 2008
VISTO: El articulo Nº 186 de la Ley 125/91, la Resolución Nº 1551/06, las cláusulas segunda y séptima del Convenio de Cooperación Interinstitucional para apoyar el funcionamiento y brindar sostenibilidad al Sistema Unificado de Apertura de Empresas (SUAE) entre el Ministerio de Industria y Comercio, Ministerio de Hacienda, Ministerio de Justicia y Trabajo, Ministerio del Interior, Instituto de Previsión Social la Corte Suprema de Justicia, la Municipalidad de Asunción, y el Consejo Presidencial de Modernización de la Administración Pública; y,
CONSIDERANDO: Que, la modernización de los sistemas y optimización de procedimientos en que sigue abocada la Administración Tributaria ha dado lugar a la unificación de los formularios del RUC y los utilizados por otras partes integrantes del Convenio de Cooperación Interinstitucional, siendo menester aprobarlos para su uso a partir de la vigencia de la presente Resolución.
Que, resulta necesario facilitar y agilizar el proceso de formalización y legalización de empresas nacionales o extranjeras a través de un sistema único de ingreso y registro de información.
Que, ante tal situación, amerita dictar los actos administrativos para mejorar la gestión y brindar sostenibilidad al Sistema de apertura de Empresas (SUAE).
Que la Dirección de Planificación y Técnica Tributaria se ha expedido favorablemente en los términos del dictamen D.P.T.T./C.T./D.T.T. Nº 2272 de fecha 16 de octubre de 2008.
POR TANTO,
EL VICEMINISTRO DE TRIBUTACION
RESUELVE:
Articulo 1) Apruébese el Formulario de Apertura de Empresas, Nº 1 Unipersonal y Empresa Individual de Responsabilidad Limitada y Nº 2 Persona Jurídica, cuyo modelo esta anexo a la presente Resolución, formando parte de la misma en lo que respecta a las informaciones requeridas por la Administración Tributaria para la generación del identificador RUC.
Articculo 2) El Formulario Único de Apertura de Empresas, Nº 1 y Nº 2, serán de uso exclusivo para las solicitudes ingresadas y gestionadas a través del Sistema Unificado de Apertura de Empresas (SUAE).
Articulo 3) La utilización del Formulario Único de Apertura de Empresas, no exime a los interesados de la presentación de los demás requisitos establecidos para la inscripción como contribuyentes, conforme a las normas vigentes, los cuales deberán ser anexados al formulario mencionado en el articulo precedente, según el caso.
Articulo 4) Publíquese, comuníquese a quines corresponda y cumplido archívese.
Firman:
GERONIMO BELLASSAI BAUDO, VICEMINISTRO DE TRIBUTACION
Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.