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Tributación · 2004

Resolución SET 173/04

Por la cual se aprueba los nuevos modelos para la elaboración y presentación de los Estados financieros de los contribuyentes del impuesto a la renta

 

                                                                                                              Asunción, 10 de junio de 2004

 



VISTO: El artículo 189 de la Ley 125/91 "QUE ESTABLECE EL NUEVO RÉGIMEN TRIBUTARIO", y la Resolución 178/92; y,

 

CONSIDERANDO:

Que la Administración Tributaria se encuentra facultada a dictar los actos necesarios para la aplicación, administración, percepción y fiscalización de los tributos, así como también establecer las normas y condiciones a las que se ajustaran los administrados, en materia de documentación y registro de los estados financieros.

 

Que resulta necesario establecer un modelo acorde a los nuevos delineamientos de la política tributaria, atendiendo la necesidad de contar con mayor información referente a los estados financieros.

 

Que el presente acto administrativo se dicta en virtud de la facultad conferida por la Ley Nº 125/91.

 

POR TANTO,

 



EL VICEMINISTRO DE TRIBUTACIÓN

 
RESUELVE:

 



Articulo 1) APROBAR los nuevos modelos para la elaboración y presentación de los estados financieros, para los contribuyentes de Impuesto a la Renta, cuyos diseños constan en el anexo de la presente disposición y forman parte de la misma y que esta compuesto de lo siguiente:

 

-         Balance General. (Haga clic para abrirlo)

 

-         Estado de Resultado. (Haga clic para abrirlo)

 

-         Estado de Flujos de Efectivo. (Haga clic para abrirlo)

 

-         Estado de Variación del Patrimonio Neto. (Haga clic para abrirlo)

 

Anexos

 

-         I "Determinación de la Utilidad Comercial por el Régimen Fiscal y el Impuesto a la Renta" - Ley Nº 60/90. (Haga clic para abrirlo)

 

-         II "Determinación de la Utilidad Comercial por el Régimen Fiscal y el Impuesto a la Renta" - Régimen General. (Haga clic para abrirlo)

 

-         III "Determinación de la Utilidad Comercial por el Régimen Fiscal y el Impuesto a la Renta" - Reinversiones. (Haga clic para abrirlo)

 

-         IV "Para Contribuyentes que tengan solo Actividad Gravada". (Haga clic para abrirlo)

 

Articulo 2) DEROGAR el modelo aprobado por Resolución Nº 178 del 16 de diciembre de 1.992.

 

Articulo 3) Los nuevos modelos aprobados en el artículo 1º de la presente Resolución, serán elaborados y presentados a partir del ejercicio fiscal cerrado al 31 de diciembre de 2004.

 

Articulo 4) Publicar, comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.

Firman:

  • ANDREAS NEUFELD TOEWS, VICEMINISTRO DE TRIBUTACIÓN

                                                                                                                                     

Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.