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Trabajo y Seguridad Social · 2005

Resolución MTSS 425/05

Por la cual se actualizan los montos de las multas aplicables en virtud al decreto Nº 10.047/95

Asunción, 22 de abril de 2005

VISTO: El aumento salarial a partir del 1 de abril establecido por Decreto Nº 5078/05 y,

CONSIDERADO: Que, es necesario reglamentar el monto de las multas aplicables en virtud al Decreto Nº 10.047/95, en los artículos 5º y 11º ,

POR TANTO,

EL VICEMINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

Art. 1) El incumplimiento de la inscripción patronal dentro del plazo previsto en el artículo 1º del decreto Nº 10.047/95, será sancionado conforme al Art. 385 del Código del trabajo con multas establecidas de acuerdo a la siguiente escala:

De 61 a 90 días, 10 salarios mínimos diarios (363.030 Gs.)

de 91 a 180 días, 20 salarios mínimos diarios (726.060 Gs.)

de 181 días en adelante, 30 salarios mínimos diarios (1.089.103 Gs.)

Art. 2) Las plantillas semestrales presentadas fuera del plazo establecido en el Art. 11º del citado Decreto, serán pasibles de multas de 10 jornales mínimos (G. 418.890), mas 10 jornales mínimos por cada semestre de atraso.

Art. 3) Comuníquese a quienes corresponde y archivar.

Firma:

  • ABOG. RUBEN SOSA. Viceministro

 

Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.