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Trabajo y Seguridad Social · 1997
Resolución MTSS 126/97
Por la cual se actualiza el monto de las multas aplicables en virtud al decreto Nº 10.047/95
Asunción, 16 de mayo de 1997
VISTA: La necesidad de actualizar el monto de las multas aplicables en virtud al Decreto Nº 10.047/95.
CONSIDERANDO: Que en este sentido en menester reglamentar las escalas de multas previstas en el artículo 5º del citado Decreto, todo do conformidad al aumento salarial dispuesto por el Decreto Nº 16.037/97.
Por tanto, en uso de sus facultades legales,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y TRABAJO
RESUELVE:
Artículo 1) El incumplimiento de la inscripción dentro del plazo previsto en el artículo 385 del Código Laboral será pasible de las multas establecidas de acuerdo a la siguiente escala:
De 61 a 90 días 10 salarios mínimos o Gs. 176.030.
De 91 a 180 días 20 salarios mínimos o Gs. 352.060.
De 181 días en adelante 30 salarios mínimos o Gs. 528.090.
Artículo 2) Anotar, comunicar y cumplido, archivar.
Firma:
- Sebastían González Insfrán. Ministro de Justicia y Trabajo
Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.