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Resoluciones generales · 2008

Resolución 483/08

Por la cual se modifica los artículos 2° y 4° de la resolución N° 386/08 por la cual se establecen procedimientos para la exportación de carbón vegetal y se conforma una comisión interinstitucional


Asunción, 25 de julio de 2008

VISTO: La Resolución N° 386/08 "Por la cual se establecen procedimientos para la exportación de carbón vegetal y se conforma una Comisión Interinstitucional."; y

CONSIDERANDO: Que por nota N.N° 8/08 de fecha 22 de julio de 2008, la Honorable Cámara de Diputados del Congreso Nacional, pone a consideración las inquietudes presentadas por productores, transportistas y exportadores de Carbón Vegetal.

Que, ante la imposibilidad de adecuarse a lo que establecen los Artículos 2° y 4° de la Resolución N° 386/08, los exportadores del mencionado rubro, solicitan las modificaciones correspondientes.

Que por Memorándum VMC/DGCE/Nº 160 de fecha 24 de julio de 2008, la Subsecretaría de Estado de Comercio, ha dado su parecer favorable a la solicitud formulada.

POR TANTO,

EL MINISTRO DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESUELVE:

Art. 1) Modificar los Artículos 2° y 4° de la Resolución N° 386 de fecha 18 de junio de 2008, "Por la cual se establecen procedimientos para la exportación de carbón vegetal y se conforma una Comisión Interinstitucional.", los cuales quedan redactados en los siguientes términos:

"Artículo. 2°.- Las exportaciones de carbón vegetal indicadas en el Artículo 1°, deberán estar envasadas para su utilización directa por el consumidor en bolsas cerradas nuevas, de papel o plástico, de hasta (20) kilogramos de peso, que cuenten con la identificación de origen y con el Certificado de Origen expedido por la Federación Paraguaya de Madereros (FEPAMA)."

"Artículo 4º.- La vigencia de la presente Resolución será de (90) noventa días, contados a partir de los (75) setenta y cinco días de la fecha de esta Resolución."

Art. 2) Las disposiciones de la presente Resolución entrarán en vigencia a partir de la fecha.

Art. 3) Comunicar a quienes corresponda y cumplida, archivar.

Firma:

  • Juan Ramón Ibarra del Prado. Ministro de Industria Y Comercio

Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.