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LEGISLASYSLegislación paraguaya

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Leyes · 1964

Ley 943/64

Que aprueba y ratifica el convenio N° 101, relativo a las vacaciones pagadas en la agricultura, adoptado por la conferencia general de la organización internacional del trabajo, en su trigesima quinta reunion de Ginebra, el 26 de junio de 1952

La Honorable Cámara de Representantes de la Nación Paraguaya, sanciona con fuerza de,
LEY:

Art. 1) Apruébase y ratifícase el CONVENIO N° 101, RELATIVO A LAS VACACIONES PAGADAS EN LA AGRICULTURA, ADOPTADO POR LA CONFERENCIA GENERAL DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO, EN SU TRIGESIMA QUINTA REUNION DE GINEBRA, EL 26 DE JUNIO DE 1952.-

Art. 2) Comuníquese al Poder Ejecutivo

Dada en la sala de sesiones de la Honorable Cámara de Representantes de la Nación, a diez de julio del año un mil novecientos sesenta y cuatro.

Firman:

  • J. Augusto Saldívar. VICE-PTE. 1° EN EJERCICIO
  • Pedro C. Gauto Samudio. SECRETARIO

Asunción, 15 de julio de 1.964.

TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTE EN EL REGISTRO OFICIAL.

Firman:

  • ALFREDO STROESSNER
  • RAUL SAPENA PASTOR

Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.