Ir al contenido
LEGISLASYSLegislación paraguaya

Archivo histórico · última actualización de contenidos: enero de 2020 · qué significa esto

InicioLeyes

Leyes · 2015

Ley 5.505/15

Que modifica el artículo 44 de la ley N° 222/93 "Orgánica de la policía

EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

Artículo 1) Modificase el artículo 44 de la Ley N° 222/93 "ORGÁNICA DE LA POLICÍA NACIONAL", que queda redactado de la siguiente manera:

"Art. 44.- El personal civil incorporado a la Institución como personal de servicio, administrativo y técnico, estará sujeto a la Ley N° 1.626/00 "DE LA FUNCIÓN PÚBLICA"."

Artículo 2) Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los diecisiete días del mes de junio del año dos mil quince, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los veinticuatro días del mes de setiembre del año dos mil quince, queda sancionado, de conformidad con el artículo 206 de la Constitución Nacional.

 Firman:

  • Hugo Adalberto Velázquez Moreno. Presidente. H. Cámara de Diputados
  • Mario Abdo Benítez. Presidente. H. Cámara de Senadores
  • José Domingo Adorno Mazacotte. Secretario Parlamentario
  • Carlos Núñez Agüero. Secretario Parlamentario

Asunción, 12 de octubre de 2015

Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.

Firman:

  • Horacio Manuel Cortes Jara. El Presidente de la Republica
  • Francisco José de Vargas Benítez. Ministro del Interior

Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.