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Leyes · 1989

Ley 49/89

Por el cual la dirección de estadística y censos del ministerio de hacienda, pasa a depender de la secretaria técnica de planificación del desarrollo económico social

EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

Art. 1) Transfiérese la Dirección General de Estadística y Censos dependiente del Ministerio de Hacienda, así como sus bienes, presupuesto y personal, a la Secretaría Técnica de Planificación del Desarrollo Económico y Social.

Art. 2) Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobada por la Cámara de Senadores el veintiocho de noviembre del año un mil novecientos ochenta y nueve y por la Cámara de Diputados, sancionándose la Ley, el catorce de diciembre del año un mil novecientos ochenta y nueve.

Firman:

  • Alberto Nogués. El Presidente de la Cámara de Senadores
  • Miguel Angel Aquino. El Presidente de la Cámara de Diputados
  • Evelio Fernández Arévalos. Secretario Parlamentario
  • Eduardo A. Venialgo. Secretario Parlamentario


Asunción, 27 de Diciembre de 1989.

Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.

Firman:

  • Andrés Rodríguez. El Presidente de la República
  • Enzo Debernardi. Ministro de Hacienda

Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.