Leyes · 2005
Ley 2.534/05
Que aprueba la reforma del artículo 74 de la constitución de la organización mundial de la salud (oms)”
“QUE APRUEBA LA REFORMA DEL ARTÍCULO 74 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS)”.
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1) Apruébase la Reforma del Artículo 74 de la Constitución de la Organización Mundial de la Salud (OMS), adoptada en la ciudad de Ginebra, Suiza, el 18 de mayo de 1978, mediante la Resolución WHA31.18, cuyo texto es como sigue:
“Art. 74.- Los textos en árabe, chino, español, francés, inglés y ruso de esta Constitución serán considerados igualmente auténticos”.
Artículo 2) Comuníquese al Poder Ejecutivo
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a dieciséis días del mes de septiembre del año dos mil cuatro, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a catorce días del mes de diciembre del año dos mil cuatro.
Firman:
- Oscar Rubén Salomón Fernández. Presidente Presidente. H. Cámara de Diputados
- Miguel Carrizosa Galiano. Presidente Presidente. H. Cámara de Senadores
- Luciano Cabrera Palacios. Secretario Parlamentario
- Cándido Vera Bejarano. Secretario Parlamentario
Asunción, 07 de enero de 2005
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
Firman:
- Nicanor Duarte Frutos. El Presidente de la República
- Leila Rachid de Cowles. Ministra de Relaciones Exteriores
Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.