Leyes · 2004
Ley 2.460/04
Que establece duración de funciones de autoridades municipales a ser electas en los comicios del año 2006
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1) Las autoridades municipales a ser electas en los comicios de noviembre del año 2006 durarán cuatro años en sus funciones.
Artículo 2) Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los tres días del mes de junio del año dos mil cuatro, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados a los dos días del mes de setiembre del año dos mil cuatro, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.
Firman:
- Oscar Rubén Salomón Fernández.Presidente. H. Cámara de Diputados
- Miguel Carrizosa Galiano.Presidente.H. Cámara de Senadores
- Oscar Ramón Ferrás Morel.Secretario Parlamentario
- Cándido Vera Bejarano.Secretario Parlamentario
Asunción, 22 de septiembre de 2004
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
Firman:
- NICANOR DUARTE FRUTOS.Presidente de la República
- Orlando Fiorotto Sánchez.Ministro del Interior
Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.