Decretos · 1995
Decreto 9.715/95
Por el cual se aprueba el organigrama del ministerio de integración
Asunción, 14 de Mayo de 1995.-
VISTA: La Ley Nº 93/91 que crea el cargo de Ministro de Integración y determina sus funciones; el Decreto Nº 6.184 del 20 de Octubre de 1994, por el cual se establece la Coordinación de los Ministerios y Entidades del Estado respecto a MERCOSUR, ALADI y otros Organismos de Integración; y el Decreto Nº 7.022 del 22 de Diciembre de 1994, por el cual se crea la Comisión Nacional de Integración; y,
CONSIDERANDO: La conveniencia de actualizar la Estructura Orgánica del Ministerio, de acuerdo a las responsabilidades que le corresponden en el marco de la Política Nacional de Integración.
POR TANTO,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
DECRETA
Artículo 1) Apruébase el Organigrama del Ministerio de Integración, previsto en el Anexo que forma parte de éste Decreto.
Artículo 2) El Ministerio de Integración determinará las funciones de las dependencias que conforman el Organigrama establecido, las que serán aprobadas por Decreto del Poder Ejecutivo.
Artículo 3) Dispónese la inmediata entrada en vigencia del Organigrama aprobado.
Artículo 4) Comuníquese, publíquese y dése al Registro Oficial.
Firman:
- Juan Carlos Wasmosy
- Hugo B. Saguier C.
Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.