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Decretos · 1995

Decreto 9.052/95

Por el cual se homologan y se declaran obligatorias la aplicación de las normas técnicas Paraguayas elaboradas por el instituto nacional de tecnología y normalización

Asunción, 26 de Mayo de 1995.-

VISTAS: La Nota S Nº 161/95 (Exp. Nº 1332/97) y la Resolución Nº 43 de fecha 17 de Mayo de 1995, del Consejo de Administración del Instituto Nacional de Tecnología y Normalización, por la cual se aprueban los Proyectos de Normas Elaborados por el Comité Número 21- SEGURIDAD INDUSTRIAL, elevadas al Ministerio de Industria y Comercio para solicitar la homologación de las normas aprobadas por dicha Resolución; y

CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Tecnología y Normalización es la Institución facultada, según el Art. 4º de la Ley Nº 862 del 26 de Junio de 1963, de Entender y Asesorar al Gobierno en todo cuanto se refiere a la Normalización Técnica Nacional;

POR TANTO,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY

DECRETA

Artículo 1) Homológanse y declárance obligatorias la aplicación en todo el territorio de la República de las siguientes Normas Técnicas Paraguayas:
NP Nº 21 023 95 Señales de Seguridad en el trabajo.

Especificaciones.

NP Nº 21 024 95 Equipos de protección de la visión.

Terminología, clasificación y uso.

NP Nº 21 025 95 Herramientas manuales de uso en instalaciones eléctricas de baja tensión.

Características y métodos de ensayos.

NP Nº 21 026 95 Alfombra aislante para emplear e instalaciones eléctricas de baja tensión.

NP Nº 21 027 95 Pantallas para soldadores.

Requisitos. Ensayos.

NP Nº 21 028 95 Protección, personal para las vías respiratorias.

Equipos y adaptaciones faciales.

Artículo 2) Comuníquese, publíquese y dése al Registro Oficial.

Firman:

  • Juan Carlos Wasmosy
  • Ubaldo Scavone

Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.