Decretos · 2012
Decreto 8.666/12
Por el cual se incorporan al ordenamiento jurídico nacional las directivas N°s. 32/2008 "Norma de control aduanero en las administraciones aduaneras del MERCOSUR" y 33/2008 "Norma relativa a la gestión de riesgo aduanero", de la comisión de comercio del MERCOSUR
Asunción, 29 de marzo de 2012
VISTO: La Ley N° 9/91 "Que aprueba y ratifica el Tratado de Asunción para la constitución de un Mercado Común, firmado el 26 de marzo de 1991 entre los Gobiernos de la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay".
La Ley N° 596/95 "Que aprueba el Protocolo Adicional al Tratado de Asunción sobre la Estructura Institucional del MERCOSUR, Protocolo de Ouro Preto", suscrito entre los Gobiernos de la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay.
La Ley N° 2422/2004 "Código Aduanero", que en su Artículo 385 establece las funciones de la Dirección Nacional de Aduanas.
Las Directivas de la Comisión de Comercio del MERCOSUR N°s. 32 y 33/2008, por las cuales se aprueban la "Norma de Control Aduanero en las Administraciones Aduaneras del MERCOSUR " y la "Norma Relativa a la Gestión de Riesgo Aduanero ", respectivamente.
La Ayuda Memoria del 12 de diciembre de 2011 del Grupo Técnico Interinstitucional de Incorporación de la Normativa MERCOSUR (Expediente M.H. N° 53.225/2011); y
CONSIDERANDO: Que la República del Paraguay es Estado Parte del MERCOSUR.
Que a través de las referidas disposiciones comunitarias se establecen normas de control aduanero a ser implementadas por las Administraciones Aduaneras, como así también se normativiza la gestión de riesgo aduanero, constituyéndose las mismas en instrumentos que posibilitará a la Aduana a adoptar mecanismos de facilitación y agilidad en los flujos del comercio exterior, acompañados siempre de procedimientos eficientes de control, con normas y criterios armonizados, asegurando el cumplimiento de las obligaciones aduaneras y tributarias.
Que la Dirección Nacional de Aduanas ha expuesto los argumentos que ameritan y justifican la necesidad de incorporar al Ordenamiento Jurídico Nacional, las referidas normativas originadas en la Comisión de Comercio del MERCOSUR, según el Memorándum D.N.I./D.R.N.I. Nº 49/2011 del Departamento de Normas Internacionales de la Dirección de Relaciones y Negociaciones Internacionales.
Que el Grupo Técnico Interinstitucional de Incorporación de la Normativa MERCOSUR aprobó la presente versión del Proyecto de Decreto, reunido para el efecto del 12 de diciembre de 2011.
Que la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda se ha expedido en los términos del Dictamen Nº 219 del 22 de febrero de 2012.
POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
DECRETA:
Art. 1) Incorpórase al ordenamiento jurídico nacional la Directiva N° 32/2008 "Norma de Control Aduanero en las Administraciones Aduaneras del MERCOSUR ", de la Comisión de Comercio del MERCOSUR, conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de este Decreto.
Art. 2) Incorpórase al ordenamiento jurídico nacional la Directiva N° 33/2008 "Norma Relativa a la Gestión de Riesgo Aduanero", de la Comisión de Comercio del MERCOSUR, conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de este Decreto.
Art. 3) Establécese que la Dirección Nacional de Aduanas, así como las demás reparticiones públicas vinculadas con los temas a los que se refieren los instrumentos mencionados en los artículos anteriores, se encargarán del cumplimiento de las disposiciones respectivas.
Art. 4) El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Hacienda y de Relaciones Exteriores.
Art. 5) Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
Firman:
- Fernando Lugo Méndez.
- Dionisio Borda.
- Jorge Lara Castro
Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.