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Decretos · 2012

Decreto 8.620/12

Por el cual se aprueba la política pública de empleo juvenil y se pone en fase de implementación el plan nacional de empleo juvenil 2011-2020

Asunción, 19 de marzo de 2012

VISTO: La propuesta de política pública de Empleo Juvenil, elaborada por la
Mesa Nacional para la Generación de Empleo Juvenil y presentada por el Ministerio de Justicia y Trabajo; y

CONSIDERANDO: Que el Decreto N° 197 del 2 de setiembre de 2008, por la cual se instala la Mesa Nacional para la Generación de Empleo Juvenil, como organismo interinstitucional, consultor, planificador y coordinador de las políticas de empleabilidad y el empleo cierto de la juventud, con el fin de integrar a ésta en labores de desarrollo económico, social, científico y cultural.

Que el gobierno Nacional ha firmado el Acuerdo Tripartito "Programa Nacional de Trabajo Decente" en febrero de 2009, con la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que establece como uno de sus fines la formulación y aplicación de una estrategia de empleo, con énfasis en la inserción laboral y capacitación de los jóvenes, así como en la generación de empleos a través de la inversión pública.

Que el Plan Nacional de Desarrollo Social en su Eje Estratégico N° 3 - Crecimiento Económico Sin Exclusiones, en el Objetivo 3.1 habla de diseñar y promover mecanismos para la generación de una oferta de trabajo decente, de manera sostenida.

Que la población juvenil constituye el potencial de desarrollo sustentable de acuerdo al crecimiento demográfico evidenciado en nuestro país.

POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY

DECRETA:

Art. 1) Apruébase la Política Pública de Empleo Juvenil 2011 - 2020 que se adjunta y que forma parte de este Decreto, cuyo objetivo es desarrollar e implementar iniciativas que permitan a los jóvenes constituir trayectorias de trabajo decente.

Art. 2) Facúltase a la Dirección de Empleo Juvenil, dependiente de la Dirección General de Empleo, del Ministerio de Justicia y Trabajo, a implementar el Plan Nacional de Empleo Juvenil 2011 - 2020 con el apoyo de todas las instituciones y organizaciones que componen la Mesa Nacional para la Generación del Empleo Juvenil creada por Decreto N°197/2008.

Art. 3) Encomiéndase al Ministerio de Justicia y Trabajo la ejecución y el seguimiento de la implementación de la Política de Empleo Juvenil.

Art. 4) El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Justicia y Trabajo.

Art. 5) Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.

Firman:

  • Fernando Lugo Méndez.
  • Humberto Blasco.

Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.