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Decretos · 1999

Decreto 5.818/99

Por el cual se establecen precios de venta al público de la nata común y súper con plomo

Asunción, 25 de octubre de 1.999

VISTA: La Nota PP Nº 1397 de Petróleos Paraguayos (PETROPAR), de fecha 25 de octubre de 1999, en la que propone ajuste de precios de las naftas con plomo; y

CONSIDERANDO: Que las razones expuestas por PETROPAR para adoptar las medidas de ajustes de precios de venta al público de los combustibles, se fundan en estudios realizados referentes a la incidencia en el costo de estos productos, del incremento de los precios internacionales del petróleo crudo y de los productos derivados del mismo importados, y la variación del tipo de cambio del Guaraní con respecto al Dólar;

Que esta presentación ha sido analizada y aprobada por el Consejo Nacional de Política Financiera y economía;

POR TANTO, en uso de sus facultades constitucionales

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY

DECRETA:

Art. 1) Establécense precios de venta al público de los siguientes combustibles derivados del petróleo:

Nafta Común con plomo Gs. 1.650 por litro

Nafta Super con plomo Gs. 1.900 por litro

Art. 2) El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Industria y Comercio.

Art. 3) El presente Decreto entrará a regir a partir de la fecha.

Art. 4) Comuníquese, publíquese y dése al Registro Oficial.

Firman:

  • LUIS GONZÁLEZ MACCHI
  • Guillermo Caballero Vargas

Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.