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Decretos · 2004

Decreto 370/04

Por el cual se deroga el decreto N° 21937 de fecha 12 de agosto de 2003

Asunción, 18 de septiembre de 2003

VISTO:

El Decreto N° 21937, de fecha 12 de agosto de 2003, "Por el cual se reglamentan los Capítulos I 'De las disposiciones generales´, II 'De la Carrera administrativa', III 'De las contrataciones temporarias', IV 'De la clasificación, promoción y remuneración de cargos', y otros capítulos concordantes de la Ley N° 1626/00, De la Función Pública"; y

CONSIDERANDO:

Que las prescripciones enunciadas en el artículo 101 de la Constitución Nacional refiere que todos los ciudadanos paraguayos tienen el derecho a ocupar funciones y empleos públicos y define la necesidad de reglamentar la carrera del Servicio Civil, entre otras;

Que, el Decreto N° 21937/03 reglamenta en forma parcial la Ley N° 1626/00 , "De la Función Pública", y no abarca a todos los capítulos de la citada norma jurídica;

Que hasta el momento no existe norma vigente que defina la clasificación de cargos por niveles jerárquicos, con sus correspondientes descripciones y perfiles ocupaciones, considerados requisitos técnicos imprescindibles para celebrar los concursos públicos de oposición de méritos y aptitudes de conformidad a la Ley N° 1626/00;

Que se han radicado numerosas acciones de inconstitucionalidad plan­teadas por funcionarios públicos, sindicatos, asociaciones y otros gremios, que se encuentren en pleno trámite, las que aún no fueron resueltas en el ámbito de la Justicia, por cuyo motivo los efectos de los artículos recurridos se hallan suspendidos por decisiones adoptadas en dicha instancia jurisdiccional.

Que en cumplimiento de los objetivos enunciados en el Decreto N° 83, de fecha 18 de agosto de 2003, "Por el cual se crea la Comisión Nacional de Planificación y Racionalización en la Gestión de los Recursos del Estado", que propugna la necesidad de crear un modelo de gestión integrado de los recursos del Estado, basado en la tecnología informática y de comunicación, de conformidad con el principio de centralización normativa y descen­tralización operativa y de modelos de Organización y Funcionamiento tipo, aplicables a todas las áreas responsables de la administración de los recursos a nivel institucional, se hace necesaria una revistan del Decreto de referencia para adecuarlo a las normas generales enunciadas.

POR TANTO , en ejercicio de sus atribu­ciones constitucionales,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY

DECRETA:

Artículo 1) Derógase el Decreto N° 21937 de fecha 12 de agosto de 2003, "Por el cual se reglamentan los capítulos I 'De las disposiciones generales', II 'De la Carrera Administrativa', III 'De las contrataciones temporarias', IV 'De la clasificación, promoción y remuneración de cargos', y otros capítulos concordantes de la Ley N° 1626/00, De la Función Pública".

Articulo 2) Encárgase a la Secretaría de la Función Pública la revisión del texto de la reglamentación de la Ley N° 1626/00 , en el marco de las funciones aprobadas por el Decreto N° 83/03 y encomiéndase su aprobación a la Comisión Nacional de Planificación y Racionalización en la Gestión de los Recursos del Estado, en un plazo no mayor de 120 días a partir de la promulgación del presente decreto.

Artículo 3) El presente decreto será refrendado por el Ministro del Interior.

Artículo 4) Comuníquese, publíquese y dése al Registro Oficial.

Firman:

  • NICANOR DUARTE FRUTOS. El Presidente de la República
  • Roberto González. Ministro del Interior

Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.