Decretos · 2009
Decreto 3.354/09
Por el cual se crea la mesa temática de cooperación técnica y financiera externa para el desarrollo agrario y rural, en el marco normativo del sistema integrado de gestión para el desarrollo agrario y rural (SIGEST)
Asunción, 5 de noviembre de 2009
VISTO: La presentación realizada por el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), en la cual solicita la creación de la Mesa Temática de Cooperación Técnica y Financiera Externa para el Desarrollo Agrario y Rural, MC - DAR, (Expediente N° ROÍ090006706), y
CONSIDERANDO: Que la Constitución Nacional en su Artículo 240, establece: "La Dirección y la Gestión de los Negocios Públicos están confiadas a los Ministros del Poder Ejecutivo ".
Que, asimismo, el Artículo 242 de nuestra Carta Magna expresa: "Los Ministros del Poder Ejecutivo son los Jefes de la Administración de sus respectivas carteras, en las cuales bajo la dirección del Presidente de la República promueven y ejecutan la política relativa a la materia de su competencia”.
Que, la competencia asignada al Ministerio de Agricultura y Ganadería en la Constitución Nacional, se refiere, a la Ley N° 81/92, "Que Establece la Estructura Orgánica y Funcional del Ministerio de Agricultura y Ganadería", Artículo 3° e Incisos, que facultan a esta Secretaría de Estado a diseñar e implementar políticas, medidas y acciones para el avance sostenible de las actividades productivas del sector agrario y del desarrollo rural.
Que, coherentemente, el Decreto N° 169/08 "Por el cual se crea el Sistema Integrado de Gestión para el Desarrollo Agrario y Rural (SIGEST) ", establece entre sus competencias "Racionalizar la gestión de financiamiento y cooperación técnica externa, de conformidad al Marco Orgánico de Políticas sectoriales, priorizando, gestionando y resolviendo operaciones en base a finalidad y grados de consistencia en cada caso", y asimismo, "Evaluar la implementación, operación, avances y resultados de los programas y proyectos que cuentan con financiamiento externo, así como de las cooperaciones técnicas y financieras externas no reembolsables ".
Que, la Dirección de Asesoría Jurídica del MAG, se expidió en los términos de su Dictamen D.A.J. N° 399/09, del 9 de junio del corriente año.
POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
DECRETA:
Art. 1) Créase, en el Marco Normativo del Sistema Integrado de Gestión para el Desarrollo Agrario y Rural (SIGEST), la Mesa Temática de Cooperación Técnica y Financiera Externa para el Desarrollo Agrario y Rural, MC-DAR, como instancia destinada a racionalizar y priorizar la cooperación técnica y financiera externa en el contexto sectorial, atendiendo a las previsiones del Marco Estratégico Agrario definido por el Gobierno Nacional.
Art. 2) La MC-DAR, estará presidida por el Ministro de Agricultura y Ganadería e integrada por el Secretario Ejecutivo de la Secretaría Técnica de Planificación de la Presidencia de la República, el Coordinador Ejecutivo del SIGEST y el Director General de la Dirección General de Planificación del Ministerio de Agricultura y Ganadería.
Art. 3) La Dirección General de Planificación del Ministerio de Agricultura y Ganadería, desempeñará la función de apoyo técnico en concordancia con lo establecido en la Ley N° 81/92, Artículo 9º y el Decreto N° 169/08 y su reglamentación, la Resolución MAG N° 356/08.
Art. 4) Los Programas y Proyectos de cooperación sectorial deberán, como trámite necesario, ser sometidos a estudio de la MC-DAR, la cual en cada caso, emitirá el dictamen correspondiente.
Art. 5) Facúltase al Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), a reglamentar lo establecido en este Decreto.
Art. 6) El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Agricultura y Ganadería.
Art. 7) Comuniqúese, publique se y dése al Registro Oficial.
Firman:
- Fernando Lugo
- Enzo Cardozo
Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.