Banco Central · 2016
Resolución BCP 14/16
Que, el objetivo del Reglamento de Demanda y Oferta de Fondos en Moneda Nacional es dotar de tasas de interés de referencia al mercado de dinero, que coadyuven en la formación de precios
Asunción, 5 de mayo de 2016.
Acta 33
VISTO: la Resolución N° 122 de la Presidencia de la Institución de fecha 17 de agosto de 2012, ratificada por la Resolución de Directorio N° 1, Acta N° 37 de fecha 4 de septiembre de 2012; la providencia GUJ N° 318/15 y el dictamen GUJ.DJSEF. N° 131/15 de la Unidad Jurídica de fechas 14 de abril y 11 de mayo de 2015; el Acta N° 11/2016 del Comité de Mercados de fecha 1 de abril de 2016; los memorandos GM N°s. 86/15, 87/15, 143/15 y 87/16 de la Gerencia de Mercados de fechas 9 de abril, 10 de junio de 2015 y 1 de abril de 2016; las providencias de la Presidencia de fechas 18 de junio de 2015 y 12 de abril de 2016; y,
CONSIDERANDO: que, el objetivo del Reglamento de Demanda y Oferta de Fondos en Moneda Nacional es dotar de tasas de interés de referencia al mercado de dinero, que coadyuven en la formación de precios.
Que, el mercado de dinero tiene implicaciones directas y de gran relevancia para la Política Monetaria.
Que, un mercado con mayor información y transparencia, contribuye a su profundización y esto a su vez, permite transmitir con mayor eficiencia los efectos de la Política Monetaria.
Que, es necesario modificar el Reglamento vigente de Demanda y Oferta de Fondos en Moneda Nacional, para que el mismo pueda cumplir su objetivo a cabalidad.
Por tanto, en uso de sus atribuciones,
EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY
RESUELVE:
1°) Aprobar el REGLAMENTO DE DEMANDA y OFERTA DE FONDOS EN MONEDA NACIONAL, cuyo texto agregado a sus antecedentes forma parte de esta Resolución.
2°) Instruir a la Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones a desarrollar el soporte para la adecuación de la plataforma utilizada, al efecto de la implementación de este Reglamento.
3°) Dejar sin efecto la Resolución N° 122 de la Presidencia de fecha 17 de agosto de 2012, ratificada por la Resolución del Directorio N° 1, Acta N° 37 de fecha 4 de septiembre de 2012.
4°) Comunicar a quienes corresponda, publicar y archivar.
Firman:
- CARLOS FERNÁNDEZ VALDOVINOS.- PRESIDENTE.
- RAFAEL LARA VALENZUELA.-ERNESTO VELÁZQUEZ ARGAÑA.- CARLOS CARVALLO SPALDING.-DIRECTORES TITULARES.
- RUBÉN BÁEZ MALDONADO.- SECRETARIO DEL DIRECTORIO.
Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.