Aduanas · 2006
Resolución ADU 66/06
Que se encarga al departamento de contraloría general de aduanas, dependiente de la dirección de procedimientos aduaneros, la coordinación de tareas con los depósitos aduaneros y tiendas libres de impuestos y sus depósitos, legalmente habilitados
Asunción, 2 de marzo de 2006.
VISTO: La Ley N° 2422/04 - Código Aduanero y su Decreto Reglamentario N° 4672/05, y la Resolución D.N.A. N° 167/05, y;
CONSIDERANDO: Que por las referidas disposiciones legales se define el Depósito Aduanero y Tiendas Libres de Impuestos y sus Depósitos, se establecen las clases de Depósitos Aduaneros, y se determinan sus características y modalidades administrativas.
Que por la mencionada Resolución D.N.A. N° 167/05, se dictan normas complementarias para el funcionamiento de los Depósitos Aduaneros.
Que resulta evidente la necesidad de encargar. a una dependencia específica la Coordinación de las tareas relativas a los movimientos operativos registrados en los Depósitos Aduaneros y Tiendas Libres de Impuestos, para el más eficaz cumplimiento de las normativas dictadas para su habilitación y funcionamiento y la adopción de las consiguientes medidas de control y fiscalización.
Que para dicho menester se insinúa como la más propicia para el cumplimiento de las funciones previstas en la presente Resolución, el Departamento de Contraloría de la Institución, por el caudal de posibilidades que detenta por su misma estructura y organización, por lo que corresponde dictar la pertinente Resolución para su nominación a los efectos señalados.
POR TANTO: En base a las disposiciones legales mencionadas, a las consideraciones expuestas, y en uso de sus atribuciones;
LA DIRECTORA NACIONAL DE ADUANAS
RESUELVE:
Artículo 1) Encargar al Departamento de Contraloría General de Aduanas, dependiente de la Dirección de Procedimientos Aduaneros, la Coordinación de Tareas con los Depósitos Aduaneros y Tiendas Libres de Impuestos y sus Depósitos, legalmente habilitados.
Artículo 2) Para el cumplimiento de lo dispuesto en el Art. anterior, el Departamento de Contraloría deberá adoptar las medidas de coordinación y procedimientos para el estricto cumplimiento de los requisitos y exigencias para el normal funcionamiento de los Depósitos Aduaneros y Tiendas Libres de Impuestos.
Artículo 3) Como aspecto esencial en el cumplimiento de las tareas encomendadas en la presente Resolución, el Departamento de Contraloría ejercerá un estricto control de las actividades del funcionario designado en cada Deposito o Tienda por esta Dirección Nacional, que tendrá a su cargo el control y fiscalización del movimiento de entrada y salida de mercaderías y otras obligaciones conexas, que podrá hacer referencia al sistema de registro, a la actualización de los inventarios, a la periodicidad de las informaciones y demás recaudos que pueda considerar pertinente el Departamento de Contraloría para el mejor cumplimiento de su cometido.
Artículo 4) Comunicar a quienes corresponda y archivar.
Firma:
- Margarita Díaz de Vivar. Directora Nacional de Aduanas
Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.